Conocé los cambios en el protocolo para el aborto no punible oficializados hoy

A través de una resolución se renovó el protocolo de 2015 que remarca que el aborto no es delito en la Argentina cuando existen motivos de salud, definida por la OMS, ni cuando el embarazo es producto de una violación.

20 Nov 2019

Hoy se publicó en el Boletín Oficial, una nueva guía del “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo”, o ILE, basándose en recomendaciones internacionales.

Según indica el texto, “es un procedimiento sumamente seguro si es practicado con los instrumentos y en las condiciones adecuadas”. Además, el alcance del procedimiento habla de la salud como un “todo integral”: la parte social y psicológica se suman a lo clínico. También menciona los plazos por parte de los profesionales y efectores de la salud a la hora de aplicar la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) también han sido detallados en este Protocolo: "a quienes soliciten la ILE se les debe garantizar la atención ágil e inmediata.

Según plantea el documento emitido por la Secretaría de Salud, se considera que en la Argentina se realizan entre 370.000 y 522.000 mil interrupciones de embarazos por año (Mario y Pantelides, 2009). Estas cifras son estimativas ya que, por tratarse de una práctica clandestina, no se dispone de datos precisos.

Marco legal

En la Argentina toda mujer, niña, adolescente y, en general, toda persona con capacidad de gestar, tiene derecho a solicitar una interrupción legal del embarazo que cursa según los mismos estándares de calidad que el resto de los servicios de salud: 

-Cuando el embarazo representa un peligro para la vida de la mujer y este peligro no pueda ser evitado por otros medios;  

-Cuando el embarazo representa un peligro para la salud de la mujer y este peligro no pueda ser evitado por otros medios; 

-O bien, cuando el embarazo proviene de una violación; o proviene de una violación sobre una mujer con discapacidad intelectual o mental.

“El ejercicio de la opción a la ILE en dichas circunstancias se encuadra en los derechos a la autonomía personal, la privacidad, la salud, la vida, la educación y la información; asimismo, a los principios de no discriminación e igualdad”, asegura el protocolo.

IMAGEN ILUSTRATIVA DE INFOREGION

Aquí, algunos de las modificaciones:

Edad. Con el nuevo protocolo, entre los 13 y 16 años las personas adolescentes pueden dar su consentimiento autónomamente para las prácticas de ILE cuando esta práctica no implique un riesgo grave para su salud o su vida. En el anterior protocolo, la edad era de 14.

Plazos. El tiempo máximo de respuesta de las instituciones de Salud Pública es de 10 días. Este punto incluso está indicado antes que el de objeción de conciencia por parte del profesional de la salud.

Salud. El nuevo protocolo habla del acompañamiento a la mujer en los aspectos físico, mental y social. "¿Existe causal para ILE? (riesgo para la salud física-mental-social o para la vida / violación)", plantea el texto. Y, desde ahí, se desprenden los pasos a seguir sobre la Información /Orientación; el procedimiento de interrupción, ya sea ambulatorio o con internación, según el tiempo de gestación (Página 30). “Es decir, el nuevo protocolo avala otros factores que no solo tienen que ver con el riesgo de vida para la gestante o ante una violación, sino que mira el contexto y debe acompañarla en ese camino”, indica el sitio Unidiversidad.

Medicación. En ambos protocolos se explicita la recomendación del uso de Misoprostol y de la Mifepristona, incluso se aconseja utilizarlas de forma complementaria. En el caso de la Mifepristona, existe un bache legal sobre cómo acceder, ya que en la Argentina esta droga no está permitida por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) aunque el protocolo recomienda el uso de ambos medicamentos.


El mapa en Argentina

A pesar de que la mayoría de las provincias, 11 en total, adhieren al protocolo ILE, es muy difícil de garantizar y depende de los funcionarios de salud de cada área.

Jujuy, Salta, Chaco, Santa Fe, Entre Ríos, Misiones, La Rioja, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego y San Luis adhirieron al protocolo nacional.

Cinco provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuentan con normativas propias en relación con el acceso al aborto (algunas más amplias en relación con el protocolo Nacional, otras más restrictivas). Estas son: Chubut, Río Negro, Neuquén, Buenos Aires, Córdoba y CABA.

Por último, son 7 las provincias del país que no cuentan con normativas propias ni adhieren al protocolo elaborado por nación: Santiago del Estero, Tucumán, Corrientes, Mendoza, San Juan, Formosa y Catamarca.

Fuente: EconomiaFemini(s)ta, Página 12 y Unidiversidad.

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