Se impuso el Servicio Comunitario a los infractores de "Tolerancia Cero"

El Concejo Deliberante de Salta aprobó la modificación que establece la figura del servicio comunitario para quienes infrinjan la normativa por primera vez. La iniciativa se aprobó con 11 votos positivos y 10 en contra.

21 Ago 2014
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IMAGEN ILUSTRATIVA. El Concejo Deliberante en sesión. FOTO LA GACETA / NAHUEL TOLEDO

Los concejales de la Ciudad reglamentaron la figura del Servicio Comunitario en la Ordenanza de “Tolerancia Cero”. Luego de tres horas de intenso debate, el Cuerpo Deliberativo decidió que aquellos conductores que manejen automóviles con cantidades inferiores a 500 miligramos de alcohol en sangre puedan, por única vez, elegir pagar la multa económica o realizar tareas comunitarias.

El Servicio Comunitario, será una tarea voluntaria no remunerada que demandará un mínimo de 10 horas. 
La Ordenanza también contempla a los conductores de motocicletas. Los pilotos no deberán superar el límite de los 200 gramos de alcohol en sangre para acceder a esta posibilidad.

Se destaca que será el infractor quien podrá proponer, por única vez, el cumplimiento del servicio comunitario como sanción ante la infracción. También se restarán cinco puntos de la licencia nacional de conducir. Quedan excluidos los transportes de pasajeros, de carga y de menores.  

Las autoridades encargadas de hacer efectivo estas sanciones, serán los jueces del Tribunal de Faltas y el mínimo de horas a cubrir con servicio comunitario serán 10 horas, según lo determine el juez.

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