Suspendieron al juez federal Raúl Reynoso

El plenario del Consejo de la Magistratura consideró que hubo mal desempeño en sus funciones. Comienza también el proceso de remisión de su cargo.

22 Dic 2015
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FOTO LA GACETA

El juez federal de Orán procesado por encabezar una asociación ilícita, Raúl Reynoso, fue suspendido por el plenario del Consejo de la Magistratura esta tarde, por lo que deberá dejar su cargo como magistrado de Orán. 

Esta mañana la Comisión había votado por suspenderlo y el plenario ratificó la decisión y también inició el proceso para la remisión del cargo de Reynoso, por lo que el jury de enjuiciamiento estaría más cerca de concretarse contra el juez acusado de recibir dinero a cambio de liberar narcos en la frontera de Salta.  En caso de ser destituido, Reynoso perdería sus fueros y podría ser detenido.

Cabe aclarar que la razón por la que se lo suspendió no está vinculada a la causa por la que está procesado sino por una denuncia anterior, entablada por Daniel Mazzuti, quien cuestionó a Reynoso por  haberlo detenido durante 20 días sin fundamentos.

El plenario consideró que el juez violó de garantías procesales contra el nombrado, por no haber corrido vista al fiscal, demorar injustificadamente la intervención del nuevo magistrado y disponer irregularmente distintas medidas malgastando los recursos del Estado. 

El abogado Miguel Piedecasas fue designado como nuevo presidente del Consejo de la Magistratura, por lo que presidió la reunión, que no está únicamente avocada al caso Reynoso.

Hábeas Corpus denegado

La Cámara Federal de Apelaciones de Salta rechazó un “habeas corpus” presentado por el juez federal Reynoso, acusado de proteger a grupos de narcotraficantes, contra una eventual orden de detención en su contra.

La Cámara desestimó el planteo del juez, quien había argumentado que cuando fue citado a prestar declaración indagatoria el 18 de noviembre pasado existía la posibilidad de “alguna medida restrictiva de su libertad ambulatoria, en violación a preceptos constitucionales y disposiciones del Consejo de la Magistratura”.

Según DYN, la Cámara recordó que la audiencia finalmente se celebró y “no se dispuso ninguna medida restrictiva de libertad”.
“Siendo así y atento que es un ineludible principio en la teoría de los recursos que aquéllos sean resueltos de conformidad con las circunstancias existentes al momento de su tratamiento, aunque resulten ulteriores a su interposición, se concluye que el asunto traído a examen se ha tornado abstracto”, resolvieron los camaristas Mariana Catalano, Guillermo Elías y Alejandro Castellanos.

“Teniéndose en cuenta que actualmente se ha desvanecido el interés que daba sustento a la incidencia, corresponde declarar abstracto su tratamiento. Las restantes circunstancias alegadas tangencialmente por el accionante referidas al proceso que tramita ante el Juzgado Federal N° 1 de Salta, resultan claramente improcedentes de ser tratadas por esta vía”, ampliaron.
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