Caso Luciano Martínez: solo un médico fue condenado

Walter Pereyra fue encontrado por el delito de homicidio culposo a la pena de 3 años de prisión e inhabilitación. Los demás fueron absueltos por el beneficio de la duda.

19 Oct 2016
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Cinco médicos eran juzgados por la muerte de Luciano Abraham Gastón Martínez. Solo uno de ellos fue condenado.

El niño se había accidentado en el patio de la escuela 4596 Martín Miguel de Güemes ubicada en el paraje de Isonza. Según consta en la investigación, la tarde del 28 de junio de 2012 se enredó en los cordones de sus zapatillas y antes de caer al suelo golpeó su cabeza con la de una compañera. Tras recibir las asistencias de una maestra y dos ordenanzas, fue trasladado primero al puesto sanitario de Isonza, luego al nosocomio de Cachi y finalmente al hospital Materno infantil de la capital salteña.

En el pedido de elevación a juicio constaba que la investigación surgió a partir de la mala praxis médica producida por una serie de omisiones, negligencias y retrasos por parte de los médicos que atendieron a Martínez en el hospital Materno Infantil reduciendo su posibilidad de vida.

Alberto Alemán, Walter Pereyra, José Ignacio Muela, Héctor Federico Chuchuy y Marcelo Jorge Sandoval fueron imputados por el delito de homicidio culposo. Hoy los jueces de la Sala V del Tribunal de Juicio, Silvia Bustos Rallé, María Tatiana Dip Torres y Hugo Fernández Esteban, condenaron a Walter Adrián Pereyra, a la pena de tres años de prisión condicional e inhabilitación por dos años y seis meses para ejercer la medicina. Lo consideraron autor del homicidio culposo.

Pereyra deberá evitar el uso y abuso de bebidas alcohólicas y estupefacientes, mantener domicilio en esta ciudad y comunicar cualquier cambio. De lo contrario, perderá el beneficio de la prisión condicional y se convertirá en efectiva.

Por otra parte, decidieron absolver lisa y llanamente a José Ignacio Muela y Marcelo Jorge Sandoval, por haber sido retirada la acusación por parte de la fiscalía. Dejaron constancia que el proceso no afecta el buen nombre y honor profesional. En el mismo fallo, ordenaron absolver a Alberto Alemán y Héctor Federico Chuchuy Alaniz, al aplicar el beneficio de la duda.

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