Desmontes: denuncian la complicidad de profesionales

Afirman que esto sucede cuando participan de estudios de recategorización de tierras protegidas por la Ley de Bosques.

31 Jul 2014
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DICTAMEN. La parte final del documento. FOTO APREMA

Integrantes de la Asociación de Profesionales en Recursos Naturales y Medio Ambiente (APREMA) afirman que profesionales ambientales son cómplices de los desmontes en la provincia de Salta al participar de estudios de recategorización de tierras protegidas por la Ley de Bosques.

En febrero de 2014 se había emitido un dictamen que surgió de la Comisión de Ética y Estándares de la Práctica Profesional (CEEPP) de APREMA.  Indicaba, entre otras cosas: “es cuestionable desde el punto de vista de la ética ambiental que los profesionales asociados a APREMA participen directa o indirectamente en todo estudio vinculado al Decreto Provincial 2.211/10 que lleve a la recategorización de áreas de conservación en el ámbito de la Provincia de Salta, en particular cuando esta recategorización implica un cambio hacia una menor categoría de conservación”.

La CEEPP recomendaba así a sus colegas de APREMA que se inhiban voluntariamente de participar en estudios vinculados a este Decreto y se atengan a una postura acorde a la ética ambiental y al principio precautorio establecido en la Ley 25.675 (Ley Nacional del Ambiente). Esto se consideró aplicable tanto a los profesionales que participan en la elaboración de los estudios como a aquellos que los aprueban desde un cargo gubernamental.

A pesar de que ya pasaron más de 4 meses desde la emisión de este dictamen, el Dr. Lucas Seghezzo, el Lic. Juan José Sauad y la Ing. Mariana López Martínez, integrantes de la CEEPP de APREMA, afirmaron que la Comisión Directiva de APREMA no lo difunde entre sus socios aduciendo que la recategorización de tierras es “legal” y que los profesionales del ambiente “tienen que trabajar para vivir”.

En realidad, la CEEPP no cuestiona la legalidad del Decreto 2.211 sino su legitimidad, indicando que “no honra el espíritu de la Ley de Bosques” (Ley Nacional 26.331), concebida como una manera de reducir y controlar los desmontes.  El dictamen advertía: “no todas las actividades encuadradas dentro de la legislación ambiental son necesariamente legítimas desde el punto de vista de la ética y de la ética ambiental, en particular las que podrían afectar principios, valores y derechos humanos, o generar impactos ambientales inaceptables”.

Opinan que desde un punto de vista jurídico, un Decreto Provincial no puede ser menos exigente que un presupuesto mínimo establecido por una Ley Nacional ya que dicho presupuesto mínimo “concede una tutela ambiental uniforme o común para todo el territorio nacional”. 


Un poco de historia

Seghezzo, Sauad y López Martínez, explicaron a través de un comunicado, los precedentes existentes sobre este tema: "La Ley de Bosques aprobada en al año 2008 exigió a las provincias que clasifiquen sus bosques nativos en tres categorías de 
conservación representadas en un mapa mediante tres colores: rojo (alto valor de conservación), amarillo (valor de conservación medio) y verde (bajo valor de conservación). Los desmontes sólo pueden autorizarse en las áreas verdes, y luego de la aprobación de un estudio de impacto ambiental y social. La provincia de Salta oficializó su mapa mediante la Ley Provincial 7.543 y el Decreto Reglamentario 2.785 del año 2009."

El mismo comunicado dice, sin embargo, que n el año 2010, el Gobierno de Salta aprobó el Decreto 2.211, que establece un sistema de evaluación de proyectos productivos “a escala predial” y un procedimiento expeditivo para la “recategorización” de tierras protegidas por la Ley de Bosques.

Este procedimiento permitiría convertir áreas rojas y amarillas en áreas verdes, lo cual implica que todos los bosques nativos de Salta pasan a ser potencialmente desmontables.

El Dictamen completo se puede consultar aquí: https://www.dropbox.com/sh/1w9ia42ioe3ere1/AAAwBicHJ1c3GPuJaveGLSfaa
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