Thiago Quipildor: confirmaron la perpetua para Patricia Sánchez y Víctor Senise

El tribunal no dio lugar a un recurso presentado por la defensa de los padres sustitutos tras la muerte del niño de cuatro años y el intento de homicidio de su hermana. También confirmaron los fallos a los cuatro profesionales.

28 Mar 2018
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VÍCTOR SENISE Y PATRICIA SÁNCHEZ. La Justicia confirmó la prisión perpetua a loos padres sustitutos de Thiago Quipildor. FOTO LA GACETA

Los jueces de la Sala IV del Tribunal de Impugnación, Antonio Omar Silisque y Luis Félix Costas, rechazaron los recursos de casación interpuestos por las defensas de Patricia Alejandra Sánchez, Víctor Marcelo Senise; Lorena Alejandra Recchiuto; María del Huerto Vargas; Yaqueline Mónica Rosas y Sergio Alejandro Gonza, confirmando las condenas impuestas por los jueces de la Sala III del Tribunal de Juicio por la muerte de Thiago Quipildor y el intento de homicidio de su hermana mayor.

Sánchez y Senise fueron condenados a prisión perpetua luego de comprabarse las lesiones sistemáticas que sufrió el menor de cuatro años y su hermanita cuando les habían dado la tenencia de los niños y dos hermanos mayores.

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Por su parte, Lorena Alejandra Recchiuto y María del Huerto Vargas, fueron condenadas por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para ejercer la profesión y diez años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública.

Yaqueline Mónica Rosas, por su parte, había sido condenada por los mismos delitos, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, dos años de inhabilitación para ejercer la profesión y ocho años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública, mientras que Sergio Alejandro Gonza fue condenado en el mismo fallo a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para ejercer la profesión, por ser autor del delito de falsedad ideológica.

Sobre ambas los jueves indicaron que no hay dudas que desde que exhibe en forma concreta las razones que determinan la condena y los argumentos en que se sostiene, además de ser clara, completa y legítima. Sostuvieron que incorpora todos los elementos de prueba obtenidos e incorporados al proceso. Por último aparece como lógica, ya que el razonamiento seguido se ajusta en un todo a las reglas de la lógica.

Los jueces de Alzada tuvieron en cuenta, en primer lugar, y en lo referente a las condenas impuestas a Sánchez y Senise, que el Tribunal sentenciante arribó a su decisión con los suficientes elementos de convicción, logrando expresar con claridad los motivos por los cuales llegó al estado de certeza exigido por el estado procesal, conectando cada indicio con lógica, con base en las pautas que dicta la experiencia y sana crítica racional, teniendo en cuenta para ello, sobre todo, las declaraciones de los médicos que atendieron a los niños cuando fueron hospitalizados y que dan cuenta del grave estado que éstos presentaban, el informe de la pericia médica conjunta de los menores que determinan la cantidad y la entidad de las lesiones que registraban en su cuerpo, los testimonios categóricos y concordantes de los hermanos J.L. y L.M.L., entre otras tantas pruebas existentes en la causa.

Por último, sobre Marina del Huerto Vargas y Sergio Alejandro Gonza los jueces consideraron que los agravios vertidos en el recurso no guardan la fortaleza necesaria para invalidar la sentencia atacada, sobre todo cuando la misma resulta ajustada a los principios que gobiernan la sana crítica racional.


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