Conocé de qué se trata Fintech, una nueva oferta de servicios financieros que incluye a los préstamos

Entre septiembre de 2016 y marzo de este año, la cantidad de fintech de préstamos pasó de 26 a 351 empresas. Esto representa una tasa anual de crecimiento de casi un 20%, dice el BCRA.

09 Sep 2018
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reuters

La tecnología está reformulando la oferta de servicios financieros. Se denominan “fintech” aquellas empresas que prestan servicios financieros a partir de aplicaciones móviles o sitios web. De este modo, las fintech prescinden, por su naturaleza, de puntos de atención físicos, dice un informe elaborado por los economistas del Banco Central, Marcos Cane, Julieta Heffes y Sol Sánchez.

Entre estas, las fintech que otorgan préstamos son unas de las que mayor crecimiento están experimentando. Entre septiembre de 2016 y marzo de 2018, la cantidad de fintech de préstamos pasó de 26 empresas a 351, representando una tasa anual de crecimiento de aproximadamente 20%. En el mismo sentido, el número de empleados creció a una tasa cercana a 26% anual.

En cuanto a los montos otorgados, tomando solo como referencia algunas de las empresas mas relevantes del sector, la originación de préstamos pasó de $ 600 millones en 2016 a $ 2.200 millones en 2017, indica el reporte publicado en el blog Ideasdepeso del BCRA.

A diferencia de los bancos tradicionales, cuando las fintech otorgan un préstamo por primera vez no existe vinculo previo alguno entre ésta y su futuro cliente. Por lo tanto, considerando que la relación contractual de un préstamo se prolonga en el tiempo y que involucra para una de las partes el riesgo por el capital prestado, en esta nota nos proponemos indagar como estas empresas enfrentan, tanto desde el punto operativo como del legal, desafíos tales como:

• Identificación del cliente.

• Consentimiento del contrato de préstamo online.

• Evaluación crediticia del cliente.

Cabe remarcar que los fondos prestados provienen del capital propio de la fintech, o bien de operaciones de endeudamiento con el sistema financiero local o del exterior, o de fondos obtenidos en el mercado de capitales.

En términos generales, la solicitud de financiamiento en una empresa fintech, sea el interesado una persona humana o una empresa, se realiza completamente de manera remota, desde la registración del usuario hasta el depósito del monto del financiamiento, dicen los especialistas.

Requisitos simples

En cuanto a la registración, en el caso de que el solicitante sea una persona humana, generalmente, se requieren: DNI, datos de contacto (correo electrónico, teléfono celular, etc.), y según el caso, montos de ingresos mensuales.

Cuando se trata de personas jurídicas, se solicita, además del CUIT, información sobre el negocio, redes sociales de la empresa, etc. En ambos casos, deben informar una cuenta en la cual se acreditará el préstamo y de la cual, en la mayoría de los casos, se debitarán los pagos de la deuda mediante la modalidad de débito directo. Cabe advertir que, en algunos casos, se exige la aceptación de los términos y condiciones al inicio del proceso de registración y, en otros, antes de finalizar con el mismo. En todos los casos, esas condiciones son unilateralmente preestablecidos por el proveedor, lo que los define como contratos de adhesión. Estas rigen la relación entre la empresa y el usuario, especificando cuales son las responsabilidades que asume cada parte al utilizar la plataforma, por ejemplo el uso de los datos personales proporcionados por el usuario, la jurisdicción y ley aplicable. Al respecto, señala el Código Civil y Comercial de la Nación que la redacción de las cláusulas en los contratos de adhesión debe ser clara, completa y fácilmente legible. Así se pretende proteger al cliente (adherente), quien al carecer de poder de negociación, no participa en la creación del contrato ni tiene influencia respecto de su contenido. Tales disposiciones son aplicables a la contratación electrónica y habilita a los adherentes al reclamo judicial.

Validación

¿Cómo se asegura la fintech que el cliente es quien dice ser? La validación de identidad del cliente se efectúa, por lo general, con la contrastación de la información brindada por los usuarios al completar los formularios, contra bases de datos comerciales (Veraz, Nosis, etc) y públicas (AFIP y Anses). Excepcionalmente, se utilizan otros medios de validación, como ser el contacto telefónico con el cliente.

Scoring

Una vez cargados los datos personales, se entiende que con esa información, la empresa realiza la evaluación de riesgo crediticio del solicitante, consultando tanto a burós de crédito tradicionales, como a otras fuentes innovadoras (reputación en sitios de e-commerce, información en redes sociales y/o datos del nivel educativo de los miembros en los casos de empresas). También suelen, previa autorización del solicitante, acceder a los datos de ventas en plataformas de comercio electrónico y/o AFIP, cuando emiten facturas electrónicas.

Condiciones particulares

El solicitante deberá ingresar los detalles de la solicitud de financiamiento, es decir, monto y plazo para su devolución. Una vez cargada la solicitud, la empresa le informa inmediatamente o le envía por correo electrónico, las condiciones particulares del crédito, como tasa de interés, costo financiero total, monto de las cuotas, entre otras. El proceso continúa su trámite una vez aceptadas las condiciones por el solicitante.

Es importante advertir a esta altura que en la regulación de las cláusulas abusivas, el CCyCN indica que no se puede declarar abusiva una cláusula que refiere al precio del servicio adquirido. Esto va a implicar que reclamar que el costo de una financiación (es decir el CFT) es abusivo ante nuestros tribunales, no es posible. Quedará abierta en todo caso la posibilidad de recurrir a la figura de la “Lesión” para los casos en que “una de las partes explotando la necesidad, debilidad síquica o inexperiencia de la otra, obtuviera por medio de ellos una ventaja patrimonial evidentemente desproporcionada y sin justificación”. Por esta vía podría alcanzarse la nulidad de cláusulas o un reajuste en la tasa.

Contratos electrónicos

Estos contratos se implementan mediante el uso de firma electrónica, que se materializa con el método “click-wrap” (esto es, haciendo click sobre una de las dos opciones que emergen de una ventana: aceptar los términos y condiciones del sitio o rechazarlos), tanto para la aceptación de los términos y condiciones generales de la página web, como para las condiciones relativas al financiamiento en particular.

Los contratos celebrados de forma electrónica, se encuentran incorporados tanto en la “LDC”, como así también a partir de la última reforma, en el “CCyCN”, estableciendo obligaciones tendientes a proteger al cliente de las prácticas abusivas, cuando se trate de un consumidor final, obligando a los prestadores del servicio a brindar información clara y precisa de lo que se está contratando, entre otras cosas.

Además, debe brindarse al usuario toda la información necesaria para utilizar los medios electrónicos para la contratación y para comprender los riesgos que implican su empleo y quien los asume.

Cabe destacar que casi en la totalidad de los casos en los que se utiliza firma electrónica no se suscribe ningún titulo ejecutivo, por lo que ello podría representar alguna demora en la ejecución de los créditos, ya que la misma solo puede realizarse por la vía judicial ordinaria.

En cuanto a la posibilidad de que el cliente desconociere la firma electrónica intentando evadir el pago del crédito, es preciso tener en cuenta que la obligación al pago (y como contracara el derecho de la empresa a recibir la devolución de los fondos dados al deudor) bien podría ser acreditada por la prueba de un pago sin causa por cuanto existiría constancia del depósito del crédito en la cuenta bancaria del solicitante y la utilización de los fondos por parte de este. Por tanto, se puede aseverar que los fondos son acreditados y, posteriormente debitadas las cuotas, exclusivamente en cuenta bancaria, por los motivos anteriormente expuestos.

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