El gobierno nacional quiere restringir el acceso a una prestación social para mayores

Es para quienes más de 65 años y no completaron sus aportes para jubilarse.

18 Sep 2018
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La prestación social que hoy se asigna a quienes tienen cumplidos sus 65 años y no lograron completar las tres décadas de aportes requeridas para jubilarse, tendría desde 2019 un acceso restringido. Según el proyecto de presupuesto presentado ayer en el Congreso, el Ministerio de Hacienda busca que la llamada Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) sea incompatible "con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia o por cuenta propia". Es una condición que actualmente no solo no existe, sino que la prestación surgió con la consigna (entre otras) de ser útil para quienes, al tener aportes pero no en la cantidad suficiente, pudieran acceder temporalmente al cobro y, a la vez, ir reuniendo los requisitos para después solicitar el beneficio de jubilación completo.

La propuesta oficial, que tiende a contener las erogaciones del sector público en prestaciones sociales, se suma a otra referida a reducir los montos adicionales que cobran los pasivos incluidos en el sistema que gestiona la Anses y que viven en la Patagonia.

La PUAM, una prestación mensual que equivale al 80% del haber mínimo (hoy es de $6909), fue creada a mediados de 2016 por la ley 27.260. Para acceder a su cobro se fijaron los requisitos de tener 65 años como mínimo (igual edad para varones y mujeres), y de ser argentino natural, por opción o naturalizado (en este último caso, con una residencia legal mínima en el país de diez años) o ser extranjero con residencia legal mínima acreditada de 20 años.

La propuesta oficial, que tiende a contener las erogaciones del sector público en prestaciones sociales, se suma a otra referida a reducir los montos adicionales que cobran los pasivos incluidos en el sistema que gestiona la Anses y que viven en la Patagonia.

La PUAM, una prestación mensual que equivale al 80% del haber mínimo, fue creada a mediados de 2016 por la ley 27.260. Para acceder a su cobro se fijaron los requisitos de tener 65 años como mínimo (igual edad para varones y mujeres), y de ser argentino natural, por opción o naturalizado (en este último caso, con una residencia legal mínima en el país de diez años) o ser extranjero con residencia legal mínima acreditada de 20 años.

Su creación fue a propuesta del Poder Ejecutivo. Y los funcionarios valoraron entonces al menos dos aspectos: el beneficio establecía, por un lado, una modalidad permanente para dar respuesta a quienes no reúnen los años de contribuciones suficientes para la jubilación regular, reemplazando de alguna manera a los mecanismos de moratoria nacidos en la década pasada. Pero, por otro lado, la idea entonces expresada era que los trabajadores, al llegar a la edad establecida, pudieran acceder a un cobro mensual y, al mismo tiempo, seguir aportando para llegar en algún momento (dependiendo de la cantidad de tiempo en que cada uno estuvo trabajado en blanco) a reunir los aportes necesarios para pedir la jubilación completa.

Durante un año y medio no se inhabilitó a pedir la prestación a quienes cumplieran ya con las exigencias para el retiro y optaran por demorar el trámite de solicitud de su jubilación completa. Pero, en febrero de este año, un decreto estableció que solamente quienes no reunieran 30 años de aportes podrían acceder al beneficio</a>. Según el último Boletín de Estadísticas de la Seguridad Social, a marzo de este año había 78.119 personas cobrando este ingreso.

Que la modificación pretendida se apruebe "sería un gran fracaso, porque tiene incentivos perversos y porque está en contra de las mismas razones por las cuales se creó: complementar ingresos hasta que se llegue a la cantidad de años con aportes mínimos para la jubilación", afirmó el economista Ariel Setton, al analizar ese artículo del proyecto.

En otros de sus artículos, la iniciativa del presupuesto busca disponer una reducción de las nuevas jubilaciones y prensiones contributivas y no contributivas que el sistema previsional nacional, bajo la gestión de la Anses, otorga a personas que viven en la región patagónica.

Actualmente se aplica un diferencial por el cual los montos que rigen para el resto del país se multiplican por 1,4 para quienes residen en las provincias de Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, La Pampa, Tierra del Fuego y en el partido bonaerense de Carmen de Patagones. La propuesta es bajar ese coeficiente a 1,20 para los haberes "que no superen dos veces el haber mínimo". Mientras que eso propone el artículo 125 del texto del proyecto, el 126 busca establecer que lo que cobran con el régimen del 1,40 "o hayan pedido ya el beneficio, mantendrán el derecho a la bonificación precitada en tanto se cumplan las condiciones y requisitos previstos para su acceso".



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