Siete claves para entender el calendario de las elecciones 2019 en Salta

Todavía no hay nada dicho sobre candidaturas y el año empieza su segundo trimestre. ¿Cuáles son los tiempos que marca la Justicia Electoral?

08 Abr 2019
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IMAGEN LA GACETA

Todavía no hay nada dicho sobre candidaturas y muchos se han anotado para suceder a Juan Manuel Urtubey en la gobernación y a Gustavo Sáenz en la intendencia. Sin embargo, los tiempos de la Justicia son diferentes y cada partido y alianza sabe que debe respetarlos.

A nivel nacional y por Ley, las elecciones PASO (Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias) serán el 11 de agosto, mientras que las generales serán el 27 de octubre. Si habría ballotage se realizaría el 24 de noviembre. La presentación de listas vence el 22 de junio.

Con respecto a las elecciones provinciales, días atrás y en diálogo con Fm Profesional, el ministro de Gobierno, Marcelo López Arias señaló que en el Ejecutivo no ven motivos para desdoblar los comicios provinciales y nacionales en fechas distintas: “En principio, la idea que tenemos en el gobierno, salvo que hayan otras propuestas de otras fuerzas políticas, es no volver a someter al desgaste de la multitud en las elecciones”, señaló y recalcó que el desgaste se produce en lo humano y en lo presupuestario.

A continuación, algunas claves para entender cómo será el año 2019, en materia electoral:

¿Hasta cuándo se pueden unificar, o no, las elecciones provinciales con las nacionales?

No hay un plazo para decidir la unificación, la fecha de las elecciones (y por ende la unificación o no) se define con el Decreto de Convocatoria que emite el Poder Ejecutivo Provincial, de conformidad al artículo 30 de la Ley 6.444 del Régimen Electoral de la Provincia de Salta, debe dictarse “con una antelación no menor a siete (7) meses a la conclusión del período gubernativo o del cese del mandato”.

Si bien el gobernador Urtubey afirmó que desea unificar las elecciones, tal como sucedió en las elecciones legislativas de 2017, todavía no instrumentalizó el decreto de Convocatoria. Es decir, que si los cargos se renuevan el 10 de diciembre, para esa fecha del mes de mayo ya se debería haber resuelto esta “incógnita”.

¿Hasta qué fecha se pueden presentar alianzas y candidatos?

Las precandidaturas deben comunicarse al Tribunal Electoral hasta 50 días antes de la fecha de los comicios (art. 24 de la Ley 7697). En caso que, en definitiva, las elecciones provinciales sean en la misma fecha que las nacionales, la fecha límite para la presentación de las listas de precandidatos seria el sábado 22 de junio de 2019.

Por otro lado, la concertación de alianzas electorales tiene un plazo anterior, 60 días antes del acto eleccionario (art. 16 de la Ley 7697), es decir el miércoles 12 de Junio, siempre que las primarias sean el 11 de Agosto.

¿Hasta cuándo podría la Legislatura modificar el sistema de boleta electrónica por el voto papel?

Si bien no hay una fecha expresa al respecto, cualquier cambio en el sistema de votación debería sancionarse antes del dictado del Decreto de Convocatoria, es decir “con una antelación no menor a siete (7) meses a la conclusión del período gubernativo o del cese del mandato”.

Una vez elegido el sistema, ¿cuánto tiempo hay entre que se llama a licitación y se traen a Salta y habilitan las máquinas de la boleta electrónica?

Ya se hizo el llamado a licitación y se presentó una sola oferente, la empresa MSA.  La oferta está actualmente siendo analizada técnica y económicamente por la comisión de preadjudicación, una vez concluido el análisis se eleva a consideración del Tribunal Electoral a fin de que apruebe o no la contratación.

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Sobre los electores

¿Cuántos votantes habrá en Salta en 2019?

Al 31 de enero de 2019 el padrón electoral de la provincia de Salta contaba con 1.001.447 electores. Se estima que, en 2015, la totalidad de los habitantes de la Provincia eran 1.333.000.

El número de electores puede variar hasta la fecha de aprobación del padrón definitivo luego del periodo de tachas (art. 14 de la Ley 7697)

Exhibición de padrones de votantes, ¿por qué es importante que cada ciudadano chequee cómo está inscripto para votar?

En caso novedades, como puede ser el cambio de domicilio, que no hayan sido comunicadas el elector figurará en una mesa que quizás quede fuera de su provincia o alejado de su nuevo lugar de residencia. De allí la importancia de verificar su correcta inclusión a los fines de evitar inconvenientes el día de la votación.

Cabe aclarar que una vez vencido el periodo de tachas o enmiendas y aprobado el padrón definitivo no es posible realizar ninguna corrección o modificación al mismo.

El padrón aprobado para las elecciones primarias es el mismo que se utilizará en las elecciones generales.

Por Ley pueden votar menores de 16 años, ¿hasta cuándo deben tener cumplidos y registrarse para poder hacerlo?

La reforma a la Ley de Ciudadanía, sancionada en 2012 (Ley 26.774), extendió el derecho a votar en elecciones nacionales a los jóvenes de entre 16 y 18 años. Si bien para este segmento el voto es obligatorio, en caso de que se abstengan, no serán considerados infractores.

No es necesario ningún registro especial, basta tener hecha en el DNI la actualización de los 14 años para figurar en el padrón.

El elector debe tener 16 años cumplidos al momento de la elección general. Teniendo en cuenta que el padrón de las elecciones primarias es el mismo que el de las elecciones generales, puede darse el caso que una persona de 15 años se encuentre habilitado para votar en las elecciones primarias ya que al momento de las generales si tendrá los 16 años que exige la ley.

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