La moratoria previsional que permitió jubilarse a más de 3.000.000 de personas vence en julio

Aparentemente, no se renovaría el plan de Anses que subsiste desde 2006.

19 May 2019
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IMAGEN ILUSTRATIVA DE INFOBAE

El 23 de julio vence la moratoria previsional que permitió que más de tres millones de argentinos, particularmente mujeres y amas de casa, pudieran jubilarse.

Para muchos especialistas, esta moratoria fue la forma de integrar al sistema jubilatorio a los adultos mayores que no habían realizado aportes previsionales durante su vida activa, o que lo hicieron por debajo de los 30 años de aportes al sistema previsional. Se denomina “para las amas de casa” porque hacía que las mujeres nacidas desde 1945 al 1958, pudiesen jubilarse “comprando” años en los cuáles no habían aportado. En septiembre de 2017 había vencido la moratoria para los varones.

Las moratorias vigentes, hasta el vencimiento del 23 de julio, son tres y están dirigidas a los trabajadores que han cumplido la edad para jubilarse pero no tienen la totalidad de los aportes efectuados que la ley exige.

Moratoria Ley 24.476: Requiere una evaluación socioeconómica previa. Cubre desde el 01/01/1955 al 30/09/1993 y desde los dieciocho 18 años de edad. Se cancela la deuda al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados semestralmente por el índice de movilidad.

Moratoria Ley 26.970: Solo para mujeres de 60 y menores de 65 años y para hombres que hayan cumplido la edad antes del 18/09/2016. Cubre desde entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 y desde los 18 años de edad. Se cancela la deuda al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados trimestralmente por el índice de movilidad.

Moratoria Ley 25.994: Para el caso de los hombres, restablece la vigencia del artículo 6° de la Ley N° 25.994 por el término de 1 año, prorrogable por 1 año más. Su aplicación dependerá de lo que establezca la reglamentación de AFIP. Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 para autónomo y hasta el 31/01/2004 si es monotributo y desde los 18 años de edad. Se cancela la deuda al contado o en un plan de hasta 60 cuotas, ajustados trimestralmente por el índice de movilidad.

“Si bien la mayoría de las personas que podían acceder a la moratoria ya lo hicieron, muchas queden quedarse afuera”, explicó el abogado previsional Fernado Wilde a LA GACETA y agregó que a medida que transcurrieron los años se pusieron algunos “filtros” como los estudios socioeconómico y el cruce de datos para otorgar el beneficio.

Un dato no menor que comentaron algunos especialistas a LA GACETA tiene que ver con que, al día de hoy, es muy difícil sacar un turno en Anses para iniciar el trámite de estas moratorias. “Es muy complicado sacar un turno por estos días”, aseguran.

La decisión de cancelar las moratorias previsionales se tomó como parte de la elaboración de la ley de Reparación Histórica de los jubilados, de junio de 2016 (la misma que incluyó el blanqueo de capitales). Allí se creó la Pensión Universal del Adulto Mayor, PUAM, y se determinó el cese de las moratorias para las mujeres. Un decreto reglamentario posterior, de julio de 2016, estableció la fecha de caducidad en el 23 de julio de 2019. La moratoria para varones caducó en septiembre de 2017.

Cualquier persona que haya nacido hasta 1959 antes del 23 de podrá solicitar la jubilación sin haber aportado en el pasado y compensando los 30 años de aportes en una moratoria.

Si no se posterga la cancelación de esta moratoria, las mujeres y los varones en edad de jubilarse pero sin los aportes completos sólo podrán acceder a la PUAM, aunque existe la posibilidad de que tampoco puedan obtener ese beneficio.

Es que la ANSES modificó en abril pasado los requisitos para el acceso a la PUAM. “Las personas que soliciten la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) instituida por el artículo 13 de la Ley 27.260, a partir de la vigencia de la presente reglamentación, deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante ANSeS, conforme las disposiciones del presente Anexo”, informó por la Resolución 17, publicada el pasado 5 de abril en el Boletín Oficial. Y agrega: “Para la evaluación prevista en este artículo, ANSeS requerirá a la AFIP la información necesaria para controlar y definir el derecho al acceso a la prestación PUAM, guardando expresa confidencialidad sobre la misma”.

Por caso, la persona que pretende cobrar la PUAM no puede tener ingresos anuales superiores a los 645 mil pesos; un patrimonio superior a los 2,5 millones de pesos; o gastos anuales en tarjeta de crédito superiores a 840 mil pesos, explicó el diario Tiempo Argentino.

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