Un 22% de la factura de gas se aplaza para ser pagada a partir de diciembre

El Gobierno nacional resolvió diferir un 22% del pago de las facturas de gas a usuarios residenciales, y financiarlo hasta en cinco cuotas a partir de diciembre próximo.

25 Jun 2019
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Conexión de gas natural en los domicilios. FOTO DE ARCHIVO.

El Gobierno nacional resolvió diferir un 22% del pago de las facturas de gas a usuarios residenciales, y financiarlo hasta en cinco cuotas a partir de diciembre próximo, a través de la resolución 336/2019 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial.

La normativa precisó que la medida se tomó para “otorgar una mayor homogeneidad en las erogaciones de los usuarios de tipo residencial, que amortigüen el impacto en las economías familiares de los mayores consumos invernales”. Además remarcó que “la medida propuesta se aplicará con carácter excepcional, en las facturas emitidas a usuarios residenciales a partir del 1 de julio y hasta el 31 de octubre de 2019, e implicará un diferimiento de pago del 22%”. Este beneficio “no alcanzará a los usuarios con consumo 0, en el referido período de facturación”.

Destacó que los montos objeto del diferimiento se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1 de diciembre de 2019 y por cinco períodos mensuales, iguales y consecutivos.

Subrayó que el costo financiero de este diferimiento, computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero, será asumido por el Estado nacional en carácter de subsidio. Puntualizó que el aludido diferimiento, para el caso del gas natural, será solventado por las distribuidoras y subdistribuidoras, los transportistas y proveedores de gas, en la exacta medida que aportan al sistema, mientras que en el caso del gas propano indiluido será solventado en su totalidad por los proveedores de gas.

También señaló que “a los efectos de neutralizar el referido costo financiero se calcularán y abonarán intereses en forma mensual sobre los saldos acumulados a cada mes”. En ese sentido precisó que “la tasa a aplicar para la determinación de los intereses será la que se otorga para plazos fijos por montos de $ 20 millones o superiores a plazos de 30 a 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina”. (Télam)

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