Elecciones 2019: dónde y cómo se justifica la no emisión del voto

Si bien todo elector tiene el deber de votar en la elección que se realice en su distrito, algunos casos están exentos. Conocé qué tenés que hacer.

06 Nov 2019
1

IMAGEN LA GACETA

Llega la última elección del año para los salteños y del país. El próximo domingo 10 de noviembre, se elegirán entre 450 cargos al próximo gobernador y vice, intendentes, diputados provinciales y concejales municipales. En algunas jurisdicciones se elegirán también senadores provinciales.

Si no vas a poder ir a votar – o no pudiste hacerlo en algunas de las tres elecciones pasadas de contamos las claves:

Quienes están exentos de ir a votar:

a) los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;

b) los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros (para las elecciones nacionales y cien kilómetros (para las elecciones provinciales –las del 10 de noviembre son provinciales) del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

c) los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares;

d) los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día de los comicios, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente; y

e) el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir a los comicios durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

Según informaron desde el Tribunal Electoral Provincial, la falsedad en las certificaciones solicitadas hará pasible a los que la hubiesen otorgado de las penas establecidas en el artículo 292 del Código Penal. Las exenciones que consagra este artículo son de carácter optativo para el elector.

Por dudas o consultas: Tribunal Electoral de Salta: Av. República de Bolivia 4671, teléfono: 0387 425-0686.

¿Cómo se justifica la no emisión del voto en elecciones provinciales?

En el caso de elecciones provinciales quien lo hace es el Tribunal Electoral de la Provincia.

Mientras que, en el caso de elecciones nacionales quien lo hace es el juzgado federal con competencia electoral a través de la página que tiene disponible la Cámara Electoral Nacional, en la sección registro de infractores.

Por consultas: Cámara Electoral Nacional, Secretaria Electoral de Salta, Deán Funes 140, teléfono: 0387 421-2444

El trámite que debés hacer el día 10 de noviembre

Si no podés ir a votar porque estás a más de 100km de tu lugar de sufragio o estás exento por algunas de las características mencionadas anteriormente, debes ir a la Policía o al Tribunal electoral, el domingo de 8 a 18 para que te brinden un certificado que justifique por qué no fuiste a votar.

Luego, en los siguientes 60 días, debés acercarte al Tribunal Electoral Provincial con esa justificación y tu DNI para que quede registrada tu no emisión de voto.

En Esta Nota

Elecciones 2019
Comentarios