Un tribunal cita a Alperovich y a la sobrina que lo denunció, pero en su lugar podrán ir los abogado

El camarista Enrique Pedicone fijó la audiencia oral y pública para el martes 14, a las 10. El objetivo es tratar el recurso que presentó el senador para que la causa se tramite en Tucumán.

07 Ene 2020
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EN 2019. Alperovich llegaba a la Junta Electoral en mayo, como candidato a gobernador, para firmar un compromiso de campaña. Se votó el 9 de junio. la

TUCUMÁN.- La denunciante del presunto abuso sexual con acceso carnal y su tío denunciado, el senador con licencia José Alperovich, fueron convocados a una audiencia oral y pública para que expresen sus opiniones acerca de si la investigación debe ser desarrollada en la Justicia local, como quiere el funcionario cuestionado, o en la Justicia Nacional con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), como dispuso el juez Facundo Maggio (Nº2). Enrique Pedicone, vocal de la Cámara de Apelaciones en lo Penal de Instrucción, dispuso que el acto tenga lugar el martes 14 de enero a las 10 en los Tribunales penales de esta ciudad, luego de habilitar la causa como asunto de feria (se informa por separado). Las partes involucradas en el conflicto pueden asistir a la audiencia o bien ser representadas por sus abogados: Pedicone precisó esta opción específicamente respecto de la sobrina de Alperovich, pero la alternativa también está disponible para el senador, según apuntaron fuentes judiciales.

Si lo prefieren, el ex gobernador, y su sobrina y ex colaboradora en el Senado podrán evitar la exposición en una sala de Tribunales, pero el debate del recurso presentado contra la decisión del juez Maggio será oral y abierto a la comunidad por aplicación de las nuevas reglas procesales parcialmente vigentes en la provincia (se informa por separado). Actúa como defensor local de Alperovich el abogado Ariel Sosa, aunque al frente del caso está el profesional porteño Mariano Cúneo Libarona. Por la denunciante intervino el letrado Ricardo Santoro mientras que Milagro Mariona asumió el rol de vocera para la preservación de la identidad (esa parte aún no pidió el papel de querellante). Además de ellos, a la audiencia ha de concurrir un representante del Ministerio Público Fiscal, institución que representa los intereses de la sociedad en la Justicia mediante el ejercicio de la función de acusar.

Ordenarlo y encausarlo

En la resolución del 3 de enero, Pedicone, quien quedó a cargo de este proceso sensible en virtud de un sorteo practicado el día anterior, dijo que había que ordenarlo y encausarlo debido a que Maggio ya había enviado el expediente original al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº35 a cargo del juez Osvaldo Rappa (CABA). El camarista advirtió que tal remisión había acontecido pese a que no estaba firme la declaración de incompetencia que firmó Maggio y a que él mismo había abierto el recurso de apelación articulado por la defensa respecto de esa decisión.

“(La posición del juez Nº2 de San Miguel de Tucumán) importaría una derogación de la lógica de los recursos y entra en cortocircuito con las garantías primarias indisponibles, como los derechos a ser oído, al acceso a la justicia, al recurso, a la igualdad de armas y al proceso contradictorio”, manifestó. Pedicone añadió: “corresponde, en consecuencia, corregir el trámite procesal para asegurar a los ciudadanos un procedimiento y una investigación racionales, justos y controlados. Para ello resulta imprescindible fijar una audiencia oral y pública el 14 de enero a las 10”. El magistrado expresó que, al estar circunscripta a la cuestión de la competencia, el acto no suponía riesgo alguno para la integridad psicofísica de la denunciante, sin perjuicio de que esta podía ser representada por un letrado de su confianza. Las notificaciones de la citación fueron libradas ayer por diferentes medios (cédula de papel, teléfono y plataformas electrónicas).

Las partes todavía pueden hacer impugnaciones y otros planteos -por ejemplo, solicitar un cambio de fecha- atinentes a la convocatoria, que es el primer acto oral dispuesto por la Justicia provincial en este expediente tan delicado. Su sustanciación podría desembocar en alguno de estos tres escenarios: la confirmación de la resolución de Maggio y, por ende, la desvinculación del sistema judicial local de la tramitación de la causa; la revocación y el acogimiento de la posición de Alperovich respecto de que el caso debe ser investigado en esta jurisdicción (por medio de un juez por la existencia de fueros), o la anulación de la decisión previa. A estas alternativas ortodoxas se sumaría una cuarta, que sería la remisión directa del asunto a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se expida sobre la competencia.

Tanto Rappa como Maggio consideraron en sus respectivos pronunciamientos que debían ser unificadas en una sola sede las denuncias incoadas en noviembre por la sobrina de Alperovich tanto en Tucumán como en Buenos Aires en virtud de hechos que habrían ocurrido entre diciembre de 2017 y mayo de 2019. Pero mientras Rappa resolvió que el caso debía ser tramitado aquí, Maggio dispuso lo contrario, es decir, que la Justicia Nacional tenía que asumir la competencia.

A continuación, Mariano González Palazzo, vocal de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional, revocó el fallo de Rappa y adoptó el criterio de Maggio. Pero la postura del juez Nº2 de San Miguel de Tucumán no está firme porque Alperovich la recurrió: dicha impugnación dio pie a la intervención de la Cámara de Apelaciones y al llamado a la audiencia pública que emitió Pedicone.

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