Femicidas y abusadores de menores perderán la potestad sobre sus hijos

El Senado lo convirtió en ley la norma que dispone la privación de la responsabilidad parental para los homicidas de sus parejas.

01 Jun 2017
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El Senado convirtió en ley con 47 votos afirmativos un proyecto para disponer la privación de la responsabilidad parental para los homicidas de sus parejas, involucrando a ambos progenitores.

En principio, el proyecto presentado por los senadores Juan Manuel Abal Medina y Marina Riofrío (PJ-FpV) sólo incluía a los femicidas, pero fue modificado en la Cámara de Diputados el pasado 26 de abril. “Las modificaciones fueron enriquecedoras”, consideró Riofrío este miércoles.

Se establece que los cuatro hechos aberrantes que implican la pérdida automática de la responsabilidad parental son los de homicidio agravado por vínculo, por violencia de género, lesiones gravísimas y abuso del hijo o hija.

La suspensión de la responsabilidad parental se aplicará cuando se dicte el procesamiento, salvo cuando se trate de una mujer que, en legítima defensa, mate a su pareja. Es decir, si el homicidio es cometido por la mujer hacia el hombre pero hubiera existido violencia de género previa.

También con 47 votos a favor y ninguno en contra se sancionó la creación de un “Programa de Acompañamiento para el Egreso de Adolescentes y Jóvenes sin Cuidados Parentales”, destinado a personas de entre 13 y 21 años.

Se trata de un programa de adhesión voluntaria, que se divide en dos tipos de ayuda: por un lado, un acompañamiento personal al joven en distintas áreas -como educación, salud, trabajo y vivienda-, y por otro, una asignación económica mensual.

La misionera Sandra Giménez resaltó que los “jóvenes que no pudieron ser adoptados y se quedaron viviendo en hogares hoy son más de 10 mil en Argentina”. Y celebró la ley por “nuestro compromiso de poner en agenda acciones que impacten en la infancia y la juventud argentina”.

 


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