¿Qué pasa con los hijos de las mujeres muertas por la violencia machista?

¿Qué leyes los protegen? ¿Quién se hace cargo de su custodia? ¿Cuál es la situación de los menores en Salta?

13 Jun 2017
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Imagen ilustrativa. Foto tomada de youtube.com

En lo que va del 2017, alrededor de 15 niñas y niños salteños perdieron a sus madres en situaciones violentas, la mayoría femicidios que en la provincia ya son 14 en lo que va del año.

Ellos son las víctimas indirectas, innombradas e invisibles de los casos que conmueven desde las noticias y quienes continuarán sintiendo la tragedia durante todas sus vidas. Para ellos, la justicia siempre llega tarde porque el dolor y el duelo por la pérdida son el escenario temprano de sus infancias.

¿Qué pasa con ellos cuando pierden a su mamá y más aún si es su papá el que se la arrebata? ¿Quién se ocupa de su crianza?

Recientemente, el Senado sancionó la Ley de Responsabilidad Parental para que los femicidas no puedan ejercer la responsabilidad parental sobre sus hijos. En la misma sesión, la Cámara dio media sanción al proyecto de Ley Brisa que establece la reparación económica para chicas y chicos menores de edad cuyas madres hayan sido víctimas de femicidio.

Sin embargo, sigue pendiente la designación del Defensor de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, una figura contemplada desde 2005 en la Ley 26.061 aunque semanas atrás, se reunió por primera vez la comisión Bicameral encargada de elegirlo.

El Código Civil es el que regula la responsabilidad parental como también la suspensión y privación de la misma cuando en el ámbito familiar se produce un hecho que vulnera los derechos del niño, niña o adolescente.

“En casos donde la madre es víctima de femicidio en manos de su pareja y padre del menor, y este queda detenido, se busca que el familiar más próximo se haga cargo de la crianza del niño. Siempre se procura el derecho del menor a la convivencia familiar porque hay que evitar que sufra una vulneración mayor al sacarlo de su entorno afectivo”, explicó la subsecretaria de Políticas de Género, Rosaura Gareca, a LA GACETA.

La mayoría de las mujeres asesinadas en Salta durante este año tenían hijos menores de edad. El bebé de Andrea Neri, asesinada en enero por su novio Gabriel Herrera durante una visita íntima en el penal de Villa Las Rosas, quedó al cuidado del hermano de la víctima. La custodia de la hija de Carolina Saracho, quien murió en Norte Grande luego de ser rociada con alcohol etílico y prendida fuego por su pareja, está a cargo de los padres de la joven.

El chico o chica menor de edad siempre es víctima, de una manera directa o indirecta porque la dinámica familiar violenta afecta su desarrollo, aseguran los especialistas. Encontrar un tutor que asegure su estabilidad económica y emocional es fundamental.

“En Salta desde enero tenemos una nueva Ley de Infancia que pone en cabeza del Ministerio de la Primera Infancia ver este tipo de casos, donde es la Secretaria de Infancia la que va a evaluar toda la situación y decidir con quién quedan los niños. Lo primero que se evalúa es si hay familia próxima que pueda hacerse cargo, y de ahí se evalúa que sus derechos no sean vulnerados de nuevo como alimentación educación y vestimenta. Puede ser un abuelo o un tío. Si no aparece ningún familiar, el Estado tiene que hacerse cargo y buscar un hogar”, sumó la subsecretaria de Políticas de Género.

El femicida pierde la custodia pero mantiene su obligación alimentaria

La ley de Responsabilidad Parental establece que los femicidas no puedan ejercer la responsabilidad parental sobre sus hijos, también contempla la misma disposición para responsables del delito de lesiones gravísimas y de abuso sexual cometido contra sus hijas o hijos.

“Lo novedoso de este proyecto es que plantea la privación de la responsabilidad parental al femicida desde la imputación, es decir que contempla el proceso previo a su condena. Aquí es importante destacar que cualquiera sea la causa de suspensión o privación de la responsabilidad parental deja subsistente la obligación alimentaria porque es un deber que los padres tienen que cumplir con sus hijos”, destacó Gareca.

En pleno proceso también es importante respetar el derecho de los niños y niñas a ser escuchados. En este sentido, el Código Civil y Comercial reconoce que los menores de edad tienen capacidad progresiva y consagra la categoría de adolescente a partir de los 13 años.

“En el principio de autonomía progresiva no hay edades rígidas sino que depende del grado de madurez del chico o chico. A medida que el niño crece va adquiriendo ejercicio de derecho aunque a la titularidad la tiene siempre”, agregó la funcionaria.

La designación del Defensor de la Niñez, una materia pendiente

Según un informe publicado por la Casa del Encuentro, el año pasado 294 niños y niñas argentinos se quedaron sin madres por culpa de un femicidio. Es por eso que desde el colectivo nacional Infancia en Deuda, que reúne a distintas organizaciones de la sociedad civil, sostienen que la designación del Defensor de Niños, Niñas y Adolescentes es urgente.

“La figura se estableció por ley hace 12 años pero recién ahora se comenzó a reunir la comisión bicameral encargada de elegirlo. Es esencial que exista porque es una persona que va a formar un equipo para defender los derechos del niño”, explicó Nadia Ferrari, integrante del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) que integra Infancia en Deuda.

En concordancia con Ferrari, la subsecretaria de Políticas de Género remarcó que si bien existen asesores de incapaces que velan por los intereses de los menores de edad representa a la institución. “El Defensor de la Niñez ayudará a que los chicos tengan voz propia independientemente de los padres. Es un cargo que tiene sus complejidades porque se tienen que regular cuestiones como ejemplo de que edad se le puede dar poder al niño”, sentenció Gareca, a lo que Ferrari sumó: “no solamente hay que reclamar políticas públicas sino también que esas políticas se cumplan y que no queden en un número. Hay que llevarlas a cabo”. 

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