Infografía: así fue el plan para atrapar a los gendarmes coimeros
Por primera vez en Salta se usó la figura del “agente revelador” y un gendarme se hizo pasar por bagayero. Conocé los detalles de la historia.
Conseguir pruebas para incriminar a miembros de las fuerzas de seguridad sospechados de actos de corrupción no es sencillo. No sin discusiones, el año pasado se aprobó una ley que le da herramientas a la Justicia para lograrlas y, días atrás, se utilizó por primera vez en Salta una de las figuras para lograr capturar a gendarmes que pedían coimas a bagayeros para dejarlos pasar con grandes cantidades de ropa de contrabando.
Ante las denuncias recibidas por la Justicia Federal de Salta de estos hechos, se optó por idear un plan haciendo uso de la ley 27.319, publicada en el Boletín Oficial en noviembre de 2016 que tiene por objeto brindar a las fuerzas policiales y de seguridad, al Ministerio Público Fiscal y al Poder Judicial las herramientas y facultades necesarias para ser aplicadas a la investigación, prevención y lucha de los delitos complejos, regulando las figuras del agente encubierto, el agente revelador, el informante, la entrega vigilada y prórroga de jurisdicción.
Con una investigación que llevó tres meses, gendarmes que actuaron como “agente revelador” simulando ser bagayeros, billetes marcados, teléfonos pinchados y allanamientos, se coronó el operativo con seis gendarmes detenidos in fragantti e imputados por cohecho agravado. Enterate cómo funcionó:
Desde el Juzgado Federal n° 1 de Salta, que estuvo a cargo del caso, informaron a LA GACETA que los gendarmes se encuentran detenidos en la séptima agrupación de Gendarmería y que fueron pasados a disponibilidad. En 15 días la fuerza resolvería su separación definitiva.
La Justicia debe resolver dónde quedarán detenidos si es que se opta por mantenerlos en esa condición, porque no hay espacio disponible en las cárceles federales, donde los detenidos ya se encuentran hacinados.
La prueba en su contra es reveladora por lo que terminarán siendo enjuiciados y posiblemente condenados. En la Justicia tienen expectativa en que los detenidos entiendan la complicada situación en la que están inmersos para que decidan aportar más datos que permitan futuros operativos en otros puestos.
Una ley útil pero cuestionada
La ley 27.319 fue pensada para dotar de herramientas a la Justicia y a las fuerzas de seguridad para investigar y atacar a organizaciones criminales dedicadas a delitos graves como el narcotráfico, trata de personas, contrabando, tráfico de armas, entre otros.
Contempla figuras como las siguientes:
Agente encubierto (artículo 3): Todo aquel funcionario de las fuerzas de seguridad autorizado, altamente calificado, que presta su consentimiento y ocultando su identidad, se infiltra o introduce en las organizaciones criminales o asociaciones delictivas, con el fin de identificar o detener a los autores, partícipes o encubridores, de impedir la consumación de un delito, o para reunir información y elementos de prueba necesarios para la investigación, con autorización judicial.
Agente revelador (artículo 5): Todo aquel agente de las fuerzas de seguridad o policiales designado a fin de simular interés y/o ejecutar el transporte, compra o consumo, para sí o para terceros de dinero, bienes, personas, servicios, armas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o participar de cualquier otra actividad de un grupo criminal, con la finalidad de identificar a las personas implicadas en un delito, detenerlas, incautar los bienes, liberar a las víctimas o de recolectar material probatorio que sirva para el esclarecimiento de los hechos ilícitos. En tal sentido, el accionar del agente revelador no es de ejecución continuada ni se perpetúa en el tiempo, por lo tanto, no está destinado a infiltrarse dentro de las organizaciones criminales como parte de ellas.
Informante (artículo 13): Aquella persona que, bajo reserva de identidad, a cambio de un beneficio económico, aporte a las fuerzas de seguridad, policiales u otros organismos encargados de la investigación de hechos ilícitos, datos, informes, testimonios, documentación o cualquier otro elemento o referencia pertinente y útil que permita iniciar o guiar la investigación para la detección de individuos u organizaciones dedicados a la planificación, preparación, comisión, apoyo o financiamiento de los delitos contemplados en la presente ley.
Entrega vigilada (artículo 15): El juez, de oficio o a pedido del Ministerio Público Fiscal podrá autorizar que se postergue la detención de personas o secuestro de bienes cuando estime que la ejecución inmediata de dichas medidas puede comprometer el éxito de la investigación. El juez podrá incluso suspender la interceptación en territorio argentino de una remesa ilícita y permitir que entren, circulen o salgan del territorio nacional, sin interferencia de la autoridad competente y bajo su control y vigilancia, con el fin de identificar a los partícipes, reunir información y elementos de convicción necesarios para la investigación siempre y cuando tuviere la seguridad de que será vigilada por las autoridades judiciales del país de destino. Esta medida deberá disponerse por resolución fundada.
Prórroga de jurisdicción (artículo 18): Cuando se encontrase en peligro la vida de la víctima o su integridad psíquica o física o la demora en el procedimiento pueda comprometer el éxito de la investigación, el juez y el fiscal de la causa podrán actuar en ajena jurisdicción territorial, ordenando a las autoridades de prevención las diligencias que entienda pertinentes, debiendo comunicar las medidas dispuestas al juez del lugar dentro de un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas.
A la ley se le cuestionó que, por ejemplo, el revelador era un provocador del dolo en el delito, haciendo que alguien que quizá no tenía intenciones de delinquir, lo terminara haciendo. Del mismo modo, se señaló que la entrega vigilada en definitiva hace que se concrete el delito.
Desde la Justicia Federal salteña entienden que el Estado debe ceder y aceptar estas figuras, prestableciendo las condiciones y asegurando que los agentes que las concreten no sean responsables de los delitos.
Respecto del caso en particular de los gendarmes detenidos, explicaron que no se ofertó la coima sino que se esperó la oferta de los sospechosos y el agente actuó como un bagayero más.
El caso también desnudó, una vez más, que la corrupción afecta a todas las esferas del Estado. Los sueldos de los miembros de los estamentos menores de las fuerzas de seguridad están lejos de las ganancias que pueden obtener con este tipo de ilícitos. Según la Justicia por ejemplo, un transporte de droga desde Salvador Mazza hacia Tucumán se paga 2.000 dólares.
De hecho, en uno de los domicilios allanados se secuestró una moto recién comprada y una factura a nombre de uno de los detenidos donde consta que la pagó a $96.000 en efectivo en un solo pago.
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