Caso Thiago: el fiscal aseguró que en la audiencia faltaron más responsables

Ramiro Ramos Ossorio lanzó fuertes críticas al funcionamiento del programa estatal de familias sustitutas.

08 Ago 2017
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RAMIRO RAMOS OSSORIO. FOTO MINISTERIO PÚBLICO

Caso Thiago: el fiscal aseguraró que en la audiencia faltaron más responsables
En sus alegatos, Ramiro Ramos Ossorio lanzó fuertes críticas al funcionamiento del programa estatal de familias sustitutas. 
Cuando formularon sus alegatos, los representantes del Ministerio Público no escatimaron críticas en contra de los padres sustitutos, Víctor Senise y Patricia Sánchez, y de los profesionales acusados de incumplimiento de deberes y falsedad ideológica. Pero uno de ellos fue más allá y lanzó: "no quedan dudas que en esta audiencia faltan más responsables". 
La primera acusación fue vertida por Pablo Paz quien alegó en contra del matrimonio. En sus argumentos recordó los testimonios de la familia de Thiago y L.L.M., de vecinos de barrio Palermo II y las pericias del CIF (Cuerpo de Investigaciones Fiscales) que surgieron en la autopsia de Thiago. "El doctor Chirife dijo que el cuerpo del niño parecía un mapa por la cantidad de lesiones, contó 276 pero pudieron haber sido más", dijo. 
Lo que Paz intentaba demostrar ante el Tribunal de Juicio es que el niño de cuatro años no solo había fallecido por un caso de broncoaspiración sino también como consecuencia de los malos tratos, golpes y otras violentas escenas que se escucharon durante el largo debate que se extendió por tres semanas.
"Se pretende decir que el niño se autoflagelaba, que murió tomando leche", apuntó cuestionando directamente las declaraciones de Senise y Sánchez. En ese sentido agregó que el cuerpo de Thiago "no presentaba signos de defensa" de acuerdo al informe que elevó el médico. También recordó los informes médicos que alarmaban del delicado estado de salud de su hermana, L.L.M. 
Cargó contra los imputados manteniendo la acusación y asegurando que tenían absoluta responsabilidad en los hechos. 
Contó escalofriantes detalles que surgieron de las declaraciones de L.L.M. y un hermano mayor, J.Q. La niña y su hermano fallecido eran obligados a comer materia fecal, solo dormían en sus camas cuando había familiares de Sánchez en la casa, sino lo hacían en el baño. A partir de todo esto, Paz concluyó en que "hubo un proceso progresivo y sistemático que le causó la muerte a Thiago". 
¿Una causa paralela? 
A partir de las falencias detectadas en el programa de familias sustitutas dependiente de la Secretaría de Igual y Oportunidades -y reconocidas por ex funcionarios de la cartera- la estrategia de la defensa de una de las psicólogas imputadas se direccionó hacia la ex ministra de Derechos Humanos, Marianela Cansino, a quien denunciaron penalmente por incumplimiento de deberes de funcionario público. 
Es que las falencias ya habían sido advertidas en 2014 pero hasta la muerte de Thiago nunca habían sido resueltas, ni siquiera tratadas, según dijo Margarita Daza y el psicólogo Eduardo Robino cuando prestaron declaración. 
La denuncia ingresó en la Fiscalía Penal 2 a cargo de Justo Vaca y fue presentada por Pablo Recchiuto, defensor de Lorena Recchiuto. 
En ese sentido es que el fiscal Ramiro Ramos Ossorio continuó los alegatos y, luego de la palabra de Paz, fue quién cargó contra las dos psicólogas, la asistente social y el médico. 
Después de marcar cada una de las fallas de los cuatro imputados, una de las frases más resonantes de su alegato fue: "no quedan dudas que en esta audiencia faltan más responsables". En ese sentido dijo que comunmente los programas del Estado funcionan con falencias, pero que las profesionales no debían desconocerlas. En tanto, "mayor conocimiento significa mayor responsabilidad", dijo. 
Luego de 11 horas de debate, Senise y Sánchez fueron condenados a prisión perpetua. Lorena Alejandra Recchiuto fue condenada por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para ejercer la profesión de psicología y diez años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. María del Huerto Vargas fue condenada a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para ejercer la profesión de Licenciada en Trabajo Social y diez años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública, por ser autora material de los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, en forma continuada. Jaqueline Mónica Rosas resultó condenada por los mismos delitos, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de psicología y ocho años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Por último, en el mismo fallo, el Tribunal decidió condenar a Sergio Alejandro Gonza a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de medicina, por ser autor del delito de falsedad ideológica. 
Rosas, Rechiutto, Vargas y Gonza deberán dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes; realizar tratamiento psicológico por el término de dos años.

Cuando formularon sus alegatos, los representantes del Ministerio Público no escatimaron críticas en contra de los padres sustitutos, Víctor Senise y Patricia Sánchez, y de los profesionales acusados de incumplimiento de deberes y falsedad ideológica. Pero uno de ellos fue más allá y lanzó: "no quedan dudas que en esta audiencia faltan más responsables". 

La primera acusación fue vertida por Pablo Paz quien alegó en contra del matrimonio. En sus argumentos recordó los testimonios de la familia de Thiago y L.L.M., de vecinos de barrio Palermo II y las pericias del CIF (Cuerpo de Investigaciones Fiscales) que surgieron en la autopsia de Thiago. "El doctor Chirife dijo que el cuerpo del niño parecía un mapa por la cantidad de lesiones, contó 276 pero pudieron haber sido más", dijo. 

Lo que Paz intentaba demostrar ante el Tribunal de Juicio es que el niño de cuatro años no solo había fallecido por un caso de broncoaspiración sino también como consecuencia de los malos tratos, golpes y otras violentas escenas que se escucharon durante el largo debate que se extendió por tres semanas.

"Se pretende decir que el niño se autoflagelaba, que murió tomando leche", apuntó cuestionando directamente las declaraciones de Senise y Sánchez. En ese sentido agregó que el cuerpo de Thiago "no presentaba signos de defensa" de acuerdo al informe que elevó el médico. También recordó los informes médicos que alarmaban del delicado estado de salud de su hermana, L.L.M. 

Cargó contra los imputados manteniendo la acusación y asegurando que tenían absoluta responsabilidad en los hechos. 

Contó escalofriantes detalles que surgieron de las declaraciones de L.L.M. y un hermano mayor, J.Q. La niña y su hermano fallecido eran obligados a comer materia fecal, solo dormían en sus camas cuando había familiares de Sánchez en la casa, sino lo hacían en el baño. A partir de todo esto, Paz concluyó en que "hubo un proceso progresivo y sistemático que le causó la muerte a Thiago". 

¿Una causa paralela? 

A partir de las falencias detectadas en el programa de familias sustitutas dependiente de la Secretaría de Igual y Oportunidades -y reconocidas por ex funcionarios de la cartera- la estrategia de la defensa de una de las psicólogas imputadas se direccionó hacia la ex ministra de Derechos Humanos, Marianela Cansino, a quien denunciaron penalmente por incumplimiento de deberes de funcionario público. 

Es que las falencias ya habían sido advertidas en 2014 pero hasta la muerte de Thiago nunca habían sido resueltas, ni siquiera tratadas, según dijo Margarita Daza y el psicólogo Eduardo Robino cuando prestaron declaración. 

La denuncia ingresó en la Fiscalía Penal 2 a cargo de Justo Vaca y fue presentada por Pablo Recchiuto, defensor de Lorena Recchiuto. 

En ese sentido es que el fiscal Ramiro Ramos Ossorio continuó los alegatos y, luego de la palabra de Paz, fue quién cargó contra las dos psicólogas, la asistente social y el médico. 

Después de marcar cada una de las fallas de los cuatro imputados, una de las frases más resonantes de su alegato fue: "no quedan dudas que en esta audiencia faltan más responsables". En ese sentido dijo que comunmente los programas del Estado funcionan con falencias, pero que las profesionales no debían desconocerlas. En tanto, "mayor conocimiento significa mayor responsabilidad", dijo. 

Luego de 11 horas de debate, Senise y Sánchez fueron condenados a prisión perpetua. Lorena Alejandra Recchiuto fue condenada por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para ejercer la profesión de psicología y diez años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. María del Huerto Vargas fue condenada a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional y cuatro de inhabilitación para ejercer la profesión de Licenciada en Trabajo Social y diez años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública, por ser autora material de los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público y falsedad ideológica en concurso real, en forma continuada. Jaqueline Mónica Rosas resultó condenada por los mismos delitos, a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional, dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de psicología y ocho años de inhabilitación para el ejercicio de la función pública. Por último, en el mismo fallo, el Tribunal decidió condenar a Sergio Alejandro Gonza a la pena de un año de prisión de ejecución condicional y dos años de inhabilitación para ejercer la profesión de medicina, por ser autor del delito de falsedad ideológica. 

Rosas, Rechiutto, Vargas y Gonza deberán dar cumplimiento a las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados; abstenerse de consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes; realizar tratamiento psicológico por el término de dos años.

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