Tragedia en Quijano: se confirmó la sentencia contra Barrientos

El Tribunal de Impugnación rechazó el pedido de la defensa y ratificó la pena de ocho años de prisión por homicidio simple.

09 Nov 2017
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FOTO EL TRIBUNO

En segunda instancia, la Justicia salteña confirmó un fallo histórico que condenó al conductor de un vehículo que protagonizó un accidente por homicidio simple y por homicidio culposo como suele suceder en esos casos. Se trata del recordado caso conocido como la tragedia en el camping de Campo Quijano.

El 11 de marzo de 2016, la Sala II del Tribunal de Juicio condenó a Jorge Omar Barrientos a la pena de ocho años de prisión por los delitos de homicidio simple, lesiones graves y lesiones leves con dolo eventual -en concurso ideal-, por el hecho ocurrido el 19 de enero de 2014, cuando manejaba ebrio su vehículo, perdió el control e ingresó violentamente al predio provocando la muerte de los hermanos Ana Belén y Juan Cruz Jurado, de Sergio Rodrigo Tapia y Mario Alejandro Liendro y lesiones gravísimas a una menor y lesiones leves a otras cuatro personas.

Luego de aquél fallo, la defensa de Barrientos apeló solicitando que se cambie de calificación el hecho que llegó a juicio con la novedad de ser considerado homicidio simple y no culposo (por negligencia) como suele suceder. El criterio fiscal aceptado por los jueces es que dado el elevado estado de ebriedad que Barrientos evidenciaba, más la velocidad a la que conducía hacían casi inevitable el trágico desenlace.

Se refirió también al estado de euforia y excitación como lo expresó el perito del CIF producto del 1,36 que marcó el control de alcoholemia y la capacidad para coordinar la aceleración del vehículo como lo mencionó un licenciado, llegó hasta 136 km/h como velocidad mínima.

Sin embargo, la Sala II del Tribunal de Impugnación resolvió con disidencia del juez Pablo Arancibia, no hacer lugar a la casación presentada por el abogado defensor de Jorge Omar Barrientos, ratificando la pena de ocho años de prisión por los delitos de homicidio simple, lesiones graves y lesiones leves con dolo eventual, en concurso ideal.


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