Policiales

Fiscal pide revertir un polémico fallo que liberó a un empresario boliviano

El juez de Orán Raúl Reynoso fue el que dictaminó la excarcelación del hombre acusado narcotraficante.
08 May 2015
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Adolfo Villatte, fiscal general a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad, apeló un fallo del juez federal de Orán, Raúl Reynoso, a través del cual había ordenado la libertad de un poderoso empresario transportista de Bolivia, que la fiscalía había acusado de liderar una organización que contrabandea estupefacientes y precursores químicos a través de camiones que integran su flota de 90 vehículos.

Reynoso procesó al imputado, José Luis Sejas Rosales, con una calificación menor y lo excarceló, según informó el sitio gubernamental de fiscales.

El titular de la Procunar también requirió que fuera apartado el juez Reynoso, a quien recusó, y pidió que su función en esta causa compleja sea asumida por otro juez de la jurisdicción.

El imputado

Sejas Rosales es el propietario de la Corporación Regional de Transportes Asociados (CRETA SRL). El fiscal Villatte había pedido ante la Cámara Federal de Salta que se dispusiera la detención nacional e internacional después de atar algunos cabos: se dio cuenta de la similitud de casos que tenían como protagonistas a choferes de la misma empresa.

El caso desencadenante ocurrió el 14 de febrero de 2014, cuando un camión con acoplado, de patente boliviana, fue detenido en Salvador Mazza. Los que revisaron el vehículo descubrieron que uno de los tanques de combustible se encontraba desconectado y en el interior hallaron 10 kilos de cocaína diluida en un líquido. Además, el camión declaraba transportar 35 mil litros de alcohol etílico, que tenían como destino una firma chilena, pero un posterior análisis demostró que el producto era tolueno, un precursor utilizado para la fabricación de estupefacientes.

Según el fiscal, hubo al menos ocho casos similares, vinculados a la misma empresa en la jurisdicción, por los cuales sólo se los había imputado a los choferes. Tras una investigación, la fiscalía dedujo que el dueño de la empresa es el responsable.

Los fiscales señalan una situación particular en ese caso del 14 de febrero: tras la detención de chofer, Sejas Rosales se presentó en el juzgado a cargo de Reynoso, con el patrocinio letrado de un abogado, y requirió que se le devuelva el supuesto alcohol etílico, sobre el cual todavía no habían concluido los peritajes. El magistrado accedió al petitorio y el camión fue retirado por el hijo del empresario. El cargamento fue trasvasado a otro camión y se le tomó una muestra. Cuando el peritaje químico dio los resultados, el vehículo ya se había retirado de suelo argentino.

El caso

El 23 de abril, la Procunar se presentó ante el juzgado con una denuncia penal contra Sejas Rosales. Lo imputaban y pidieron su indagatoria en carácter de "jefe de una asociación ilícita criminal dedicada al tráfico transnacional de cocaína desde el Estado Plurinacional de Bolivia".

Reynoso, según el fiscal, resolvió la situación procesal de Sejas basándose en la primera indagatoria, "a pesar de que ésta no constituía un acto eficaz ni regular, no sólo porque el hecho descripto no era el correcto al no constituir la verdadera base fáctica de la imputación, sino además porque ese defensor particular había actuado previamente como juez subrogante", indicó Villatte.

Después, en primera instancia Reynoso consideró a Sejas Rosales "autor material penalmente responsable de tentativa de contrabando de importación de estupefacientes calificado por su destino comercial en grado de partícipe secundario". Pero el 25 de abril modificó aquella decisión y concretó la libertad del imputado, a quien intimó "para que constituyera domicilio en el plazo de 15 días en el radio de la jurisdicción del tribunal, bajo apercibimiento de ordenarse su detención nacional e internacional", y ordenó que "se presentara cada 60 días en el Escuadrón 20 de Orán de Gendarmería Nacional a los fines de corroborar su sometimiento a proceso".

En la apelación de Villatte se puede leer: "la libertad con la que se vio favorecido Sejas Rosales y la antojadiza calificación elegida por el a quo atenta contra la posibilidad de proseguir la investigación… gracias a la 'libertad provisoria' que otorgara el instructor, sólo podrá realizarse si el imputado nos hace el favor de someterse a la jurisdicción de este país, ya que su comparecencia al proceso no se encuentra asegurada de ningún modo".

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